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Tal y como venimos comunicando, la Fundación Nacional Francisco Franco, fiel a su compromiso de lealtad a todo lo que representa la figura y la obra del Jefe de Estado Excmo. D. Francisco Franco Bahamonde, no dejará de utilizar todos los medios legales a su alcance para impedir la profanación de la tumba del Generalísimo, máxime cuando lo hasta ahora resuelto por la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS -cuya “nueva” composición, de mayoría izquierdista, se ha producido a escasos días de tomarse la resolución contra los derechos de los nietos de Francisco Franco-, dando el espaldarazo a los acuerdos del gobierno Sánchez, no es definitivo.
Sin perjuicio de que dicha sentencia -en el recurso interpuesto por la familia- ha sido objeto de aclaración y puede ser objeto de recurso ante el Tribunal Constitucional, queremos poner en conocimiento del pueblo español, tal y como recordamos en el anterior comunicado, que, al igual que otras partes recurrentes (la Comunidad benedictina y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos), la FNFF tiene en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra los acuerdos del Consejo de ministros, solicitada y concedida la suspensión cautelar de los mismos, lo que impide hoy por hoy que se lleve a cabo la profanación anunciada “a bombo y platillo” por Sánchez ante la ONU al hablar del cambio climático del planeta.
Es verdad que el Abogado del estado, al servicio del gobierno, ha solicitado al Tribunal Supremo que revoque tal medida cautelar con argumentos peregrinos rayanos con la invitación a prevaricar y que suponen, en cualquier caso, un claro menosprecio tanto a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo como a esta Fundación, al anticipar la argumentación y fallo de la sentencia que la Sección 4ª debe dictar en nuestro recurso en el que esgrimimos alegaciones, algunas de ellas novedosas y, en todo caso, distintas a las que se formularon en el recurso contencioso-administrativo planteado por la familia de Martínez-Bordiú Franco.
La FNFF se ha opuesto contundentemente a dichas pretensión del Abogado del estado esgrimiendo en un escrito presentado esta mañana argumentos de derecho positivo y procesales así como de derecho de la Unión y del Convenio de derechos Humanos, que fueron normas en su día alegadas -que “nos diferencia” en este aspecto de las alegadas por la familia-, por lo que de ninguna manera pude prosperar, lo pretendido por el Abogado del estado de que se revoque tal media cautelar “porque ya está todo el pescado vendido”.
La FNFF, siempre con la ley, en cumplimiento de sus fines estatutarios, con respeto, pero con contundencia, no permitirá que se cometan injusticias sobre la historia reciente de España y de quien fuera Jefe del Estado español, reconocido por la Comunidad internacional, que se despidió de todos los españoles, al llegar para él la hora de rendir la vida ante el Altísimo y comparecer ante su inapelable juicio, pidiendo a Dios que le acogiera benigno a su presencia, pues quiso vivir y morir como católico, honrándose siempre en el nombre de Cristo y siendo su voluntad constante ser hijo fiel de la Iglesia, en cuyo seno murió y en cuyo presbiterio de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos está enterrado por decisión de D. Juan Carlos I, a quien designó su sucesor a título de Rey.