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Dada la labor benéfico-docente y cultural de la Fundación Nacional Francisco Franco, las aportaciones efectuadas en su favor por los benefactores – personas físicas o jurídicas tanto residentes en España como no residentes – , gozarán de unas interesantes ventajas fiscales recogidas en el título III, capítulo II de la Ley 49/2002 de 23 de Diciembre, “De Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo”. (Información Fiscal de deducciones – AEF)
Estas aportaciones podrán ser en forma de:
Nos permitimos informarles que para el año 2017 y sucesivos, las deducciones por donativos a fundaciones aplicables al IRPF han aumentado al 75% en los primeros 150 euros de donativo. Además, si mantienen una fidelidad con una entidad durante varios años, su deducción aumentará en un 5%. Por ejemplo: Si se donan 150 euros, Hacienda les financiará 112,5 euros, y su coste real será de solo 37,5 euros.
¡Gracias!