Comunicado: El Ministerio de Cultura propone extinguir la FNFF en 24 horas

El Ministerio de Cultura hace una propuesta de resolución para extinguir la Fundación Nacional Francisco Franco tan solo 24 horas después de inadmitir un recurso de la Fundación tras denegar su prueba testifical y sin posibilidad alguna de reaccionar conforme a la ley

 

Madrid, 18 de febrero de 2026.

El pasado 16 de febrero fue notificada a la Fundación Nacional Francisco Franco la inadmisión del recurso de alzada interpuesto contra la decisión de denegar la práctica de prueba testifical dentro del procedimiento previsto en el artículo 32 bis.3 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, precepto incorporado en 2023 para articular el soporte normativo que permitiera al Gobierno instar la extinción judicial de fundaciones que se denominen Francisco Franco o similar, aunque dicha dicción no figure expresamente en el texto legal.

La resolución administrativa estaba siendo analizada por los servicios jurídicos de la Fundación ante las graves irregularidades detectadas, en particular la calificación del acto impugnado como acto de trámite no cualificado, pese a la incidencia directa que, a juicio de la entidad, presenta sobre derechos constitucionales como el derecho de fundación, asociación, reunión, libertad de expresión y libertad de cátedra, entre otros.

Aunque la propia resolución indicaba que podía ser recurrida en vía jurisdiccional en el plazo de dos meses por ser definitiva en la vía administrativa, apenas 24 horas después, el 17 de febrero, el ministro de Cultura dictó una resolución de 58 folios proponiendo instar la extinción judicial de la Fundación, otorgando a la entidad un plazo de diez días para formular alegaciones.

La Fundación manifiesta su sorpresa por la extraordinaria celeridad con la que se ha producido esta nueva resolución, adoptada al día siguiente de la notificación anterior y sin margen temporal razonable para articular la defensa jurisdiccional anunciada. A juicio de la entidad, la secuencia de actuaciones sugiere que la decisión de promover la extinción judicial habría estado previamente decidida, quedando el expediente administrativo reducido a un trámite formal.

La Fundación subraya asimismo que los informes de asociaciones memorialistas ya constaban en el expediente y que el informe de la Abogacía del Estado sería anterior al acuerdo de incoación, lo que, en su opinión, evidencia una utilización intensiva de los medios públicos con un resultado predeterminado, en lugar de destinarse al mantenimiento de las vías férreas, la dignidad del trabajo de los profesionales sanitarios o la protección de la agricultura.

Los servicios jurídicos de la Fundación se encuentran estudiando la resolución notificada y las actuaciones a emprender en defensa de sus derechos -que afectan a todos los españoles en nuestros derechos y libertade, en las instancias correspondientes.


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