Entre otras muchas cosas beneficiosas para el pueblo…
Las leyes del FUERO DEL TRABAJO.
Recién pasada la guerra civil, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores. En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:
1 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939: Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940: Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942: Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942: Seguro Obligatorio de enfermedad.
Tres pagas extras: Paga de beneficios, extra de julio y de Navidad.
Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyó una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social, creando en el año 1944, el Cuerpo de Asistencia Pública Domiciliaria, médicos, practicantes, matronas, farmacéuticos y veterinarios para todos los municipios españoles:
Residencias hospitalarias 292
Ambulatorios 500
Consultorios 425
Residencias concertadas 96
26 de enero de 1944: Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944: Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947: Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950: Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956: Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958: Convenios colectivos
23 de abril de 1959: Mutualidad agraria. En esta ley se encuadran 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.
2 de abril de 1961: Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962: Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963: Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966: Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969: Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas.
20 de agosto de 1970: Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970: Ley de Empleo Comunitario.
Así que en la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles “YA” tenían cubiertas las siguientes contingencias por el Estado. Pasamos a enumerarlas:
-Seguro de Desempleo.
-Subsidio de Vejez.
-Invalidez permanente total.
-Invalidez absoluta.
-Gran invalidez.
-Discapacitados y Disminuidos.
-Subsidio de Ancianidad.
-Enfermedad Común no laboral.
-Accidente Común no laboral.
-Subsidio familiar.
-Protección familias numerosas.
-Asistencia farmacéutica.
-Asistencia médica.
-Asistencia hospitalaria.
-Vacaciones retribuidas.
-Descanso Dominical y días festivos.
-Paga extraordinaria de Navidad.
-Paga extraordinaria del 18 de julio.
-Pagas sobre beneficios.
-Convenios Colectivos.
-Representantes sindicales (liberados).
-Jurados de empresa.
-Representación Consejos de la administración de las empresas.