Sindicalismo Nacional (I), por Eduardo Villegas Girón

Eduardo Villegas Girón

Boletín Informativo FNFF nº 31

 

Se ha dicho, con indudable acierto, que la ley de asociación es la más general de las que regulan el Universo; desde milenios, los hombres han constituido asociaciones de diversos tipos, como consecuencia de su impulso natural para congregarse.

Tal predisposición de la humanidad al asociacionismo cobra especial relieve cuando éste se refiere al trabajo, que es el vinculo extraordinario y natural que une a quienes lo integran.

Hablar de sindicalismo, como estado final de ese asociacionismo, es ponerse a ras del suelo, en la realidad del duro bregar de hombres y mujeres y tener que recordar nuestra propia historia.

Fue la vieja Roma, prescindiendo de otros antecedentes, quien alumbró, en forma organizada, el asociacionismo del trabajo. Aquellos ocho Colegios creados en los reina-dos de Numa y Servio Tulio iniciaron el proceso histórico.

En Plutarco aparece un dato interesante cuando nos cuenta que tales colegios intentaron acabar con las divisiones políticas en la «vivitas», defendiendo una sola bandera, el oficio y que éste fuera el aglutinante ciudadano.

En España, provincia romana, se desarrollaron los mismos esquemas asociativos, con las naturales influencias germánicas y canónicas. El resultado, en plena Edad Media, es que la profesión y el oficio dan lugar a las primeras Cofradías, con fines religiosos y de asistencia y, finalmente, a una potente organización de los Gremios, con fines económicos y de firme defensa del oficio.

En nuestros Fueros históricos se encuentran abundantes muestras de la regulación de los Gremios, no solamente para la defensa del arte-sanado como clase social, sino para dar reconocimiento a los mismos de cierto poder político.

En esta línea nos encontramos con un Privilegio de Jaime I, en Valencia, a medidos del siglo XIII, por el que se concede a la ciudad el derecho a regirse con un Ayuntamiento de Prohombres y Jurados procedentes de los Gremios; de aquí arranca la intervención de los artesanos en el gobierno de la ciudad.

Tal conquista gremial se generaliza por el resto de España: Fueros y Carta reconocen que es necesario poner el destino de las ciudades en manos de las clases que integran, fundamentalmente, el estado llano. Por ello entran también en las Curias Regias y en las Cortes Generales, dando el contrapunto histórico a los otros dos estamentos; los nobles y el clero, y sirviendo, indudablemente, de limitación al poder real.

La fecunda vida gremial empieza a decaer en forma pareja al deterioro de la industria nacional. En el siglo XVIII y precisamente en Valencia y Cataluña, donde se había producido el nacimiento pujante de las organizaciones gremiales, es donde aparecen las primeras medidas legislativas excluyendo a los oficios del gobierno comunal.

En las Cortes de Cádiz se anulan las ordenanzas gremiales, en vez de adaptarlas a las necesidades del momento; con ello se produce la paulatina desaparición de los Consejos de la Mesta y de los Gremios Mayores.

Una reacción posterior, por influencias tradicionalistas, logra el restablecimiento de algunas de las ordenanzas gremiales; poco después, a mediados del siglo XIX, los Gremios inician su definitiva decadencia, puesto que quedan como simples repartidores de cargas y contribuciones.

El liberalismo había empezado a funcionar secundando la eliminación del asociacionismo profesional. La Revolución Industrial, al transformar el mundo de la producción y originar un nuevo capitalismo, provoca la reacción de la clase obrera contra la posición egoísta de los patronos y contra la agnóstica del Estado liberal, convertido en indiferente espectador de las luchas sociales.

La reacción indicada se inicia con la revolución de 1868, que proclama el derecho de asociación; nuestra Constitución de 1869 lo reconoce expresamente y la de la Monarquía de 1876 lo adopta en forma definitiva.

Hitos del movimiento obrero español son los siguientes.

En el año 1887 nace la Unión General de Trabajadores, que habría de ser después la organizadora del Partido Socialista Obrero Español y más tarde, en el año siguiente, el sindicalismo anarquista crea la Confederación Nacional del Trabajo. Es curioso que los miembros de esta última organización sindical, en Congreso celebrado en el año 1919 en el Teatro de la Comedia de Madrid, donde años más tarde se celebraría el primer acto público de Falange Española, se defiende el sindicalismo único, con la pretensión de lograr la total unidad de la clase obrera.

En los años de la denominada Dictadura de Primo de Rivera aparece el sindicalismo libre, con diversas asociaciones, para intentar quebrar el monopolio sindical y minoritarios de los socialistas y anarquistas.

La instauración de la República, en el año 1931, da lugar a una Ley Sindical con la que se suprime el sindicalismo libre y se fomenta el pluralismo sindical, totalmente ineficaz dado que pueden registrarse cerca de veinte grupos o tendencias diversas contradictorias y que luchan entre sí.

 

Ideología sindicalista

La ideología básica del nacional sindicalismo origina los esquemas organizativos del sucesivo sindicalismo nacional.

El manifiesto de Ramiro Ledesma Ramos, «La Conquista del Estado), tuvo la suprema ilusión puesta en el renacer de España. En la dogmática mantenida por el mismo debe destacarse su denuncia de las injusticias de la economía liberal y las odiosas limitaciones del materialismo marxista; en él se defiende la total sindicación de las fuerzas económicas y sociales, con una fuerte estructuración de la economía.

Con tales objetivos surgen a la vida política las J.O.N.S., las Juntas Ofensivas Nacional-Sindicalistas; sus banderas rojo y negras y el manojo de flechas, cruzadas por un yugo, apuntan decididamente al logro de la Justicia Social.

Con José Antonio, al fundar Falange Española, se refuerza la idea de que el sindicalismo sea, no sola-mente la cobertura de una necesidad social, sino también una auténtica exigencia política. Por eso en su pensamiento se pone de relieve el carácter del Sindicato como entidad natural, del mismo rango que la Familia y el Municipio, y se habla del Estado sindical, en el que los Sindicatos deberían intervenir directamente en la legislación y en la economía.

Por eso, en los Puntos Programáticos de la Falange aparece la afirmación de que el Sindicato viene a constituir una de las bases auténticas de la organización del Estado.

La unificación de ambas tendencias políticas netamente sindicalistas, da lugar a Falange Española de las J.O.N.S., que empieza a caminar en «haz de combate».

Siempre resonarán, en la historia del sindicalismo nacional, aquellas palabras, dichas en el Teatro Calderón de Valladolid, con ocasión de la presentación del nuevo movimiento.
Ramiro afirmó: «La primera conquista revolucionaria es la Unidad de España, porque nuestro patriotismo es revolucionario, social y combativa».

José Antonio dijo con palabras lapidarias: «Tenemos a España partida en tres clases de secesiones: los separatismos locales, la lucha de partidos y la división entre las clases. Nosotros integraremos es-tas dos cosas: la Patria y la Justicia Social; resueltamente, categóricamente, sobre estos dos principios queremos hacer nuestra revolución».

Estos antecedentes ideológicos son la savia fecunda del sindicalismo nacional puesto que el ideario de la Falange propició, indudablemente, su desarrollo.

Desarrollo Sindical

A los pocos meses de comenzar la guerra se inicia la atención política hacia la temática sindical.

Una de las primeras decisiones políticas que adopta la Junta de Defensa Nacional, por un Decreto del mes de septiembre de 1936, es la de prohibir las actuaciones obreras y patronales, con la única excepción de los sindicatos agrarios.

No obstante, ésta medida legislativa tuvo que ser modificada rápidamente. Las fuerzas combatientes de la zona nacional tenían, en forma generalizada, una ideología concreta.

Es lo cierto que tanto los falangistas, con su ideario nacional-sindicalista, como los requetés, con sus tradicionales ideas sobre el gremio y la corporación, coincidían plenamente en la necesidad de implantar un sindicalismo nacional y auténtico.

Aquella juventud luchaba por Dios y por España, pero buscaba una Justicia Social que a todos nos amparase; se luchaba sin odio, sin rencor; los que estaban enfrente, jugándose limpiamente sus vidas, eran también españoles y era necesario que todos lográramos entendernos, en el orgullo de una Patria común: España.

José Antonio dijo: «Fue justo el nacimiento» del socialismo, «que fue una reacción legítima contra aquella esclavitud liberal»

Franco reafirmó la idea y amparó el espíritu sindicalista en la tarea de reconstruir España y ante el marco histórico de las Cortes Españolas, poco después de terminarse la contienda, pronunció las siguientes palabras: «Haremos propias la tradición y la lucha de los trabaja-dores por la justicia, contra los elementos explotadores. Reconocemos el mérito de cuantos, a lo largo de ciento cincuenta años, tuvieron el valor de colocarse contra corriente, gritando a una sociedad ofuscada la miseria y las injusticias que pesaban sobre grandes sectores de trabajadores».

Ante estas realidades no es extraño el cambio de rumbo y que un sindicalismo de nuevo cuño se abra camino. Así, en el año 1937 se encomienda a la Falange la creación y el mantenimiento de una organización sindical, «apta para la producción y el reparto de bienes».

En el año 1938 se crea el Ministerio de Organización y Acción Sindical y con él el Servicio Nacional de Sindicatos, con el objetivo básico de promover la estructura sindical. La incipiente red comienza con los Sindicatos Económicos y las Comisiones Reguladoras de la Producción y diversas entidades sindicales; a este sindicalismo se le encomienda el estudio y resolución de los problemas que planteaba el desarrollo de la riqueza nacional.

España, en plena guerra, comenzaba su reconstrucción y su futuro.

A este Ministerio de Organización y Acción Sindical le cabe el honor de que, a los pocos meses de su creación, se promulgase el Fuero del Trabajo, carta magna del ideario económico y social del nuevo Estado por el que se estaba luchando en los frentes y en la retaguardia.

En el Fuero del Trabajo se propugnaba, en primer lugar, un sistema económico «equidistante del capitalismo liberal y el materialismo marxista» y se afirmaba que, por estar entre estos dos polos, el Estado tenía el carácter de sindicalista; el sindicato se contemplaba no sólo socialmente, sino también en su necesario aspecto económico; había que superar la lucha de clases y por eso concebía a la Empresa como una comunidad de intereses de todos los que la integraban, apuntando al objetivo insoslayable de la participación en sus beneficios por todos los que en la misma colaborasen.

Es aquí, en el Fuero del Trabajo, en su Declaración XIII, donde aparece la Organización Nacional-Sindicalista, integrada por Sindicatos Verticales, por ramas de la producción o servicios, con la categoría de corporaciones de derecho público y con una serie de misiones que suponían su inserción participativa en el poder político.

En este aspecto merece destacarse lo siguiente:

Del texto literal del Fuero del Trabajo parece desprenderse que se había creado un sindicalismo estatista; sin embargo, no fue esa la intención política de la norma. El propio Ministerio de Organización y Acción Sindical aclara que el Sindicato, «no es un instrumento ni un órgano del Estado», porque «tiene personalidad propia y actividades diferentes extraestatales».

Es decir, se confirma que se desea un sindicalismo institucionalizado, pero con plena personalidad jurídica y dotado de la máxima independencia.

En el año 1939 se suprime este Ministerio y se reforman los Estatutos de Falange. Las competencias del primero pasan al Ministerio de Trabajo y a la Delegación Nacional de Sindicatos del Movimiento.

En el año 1940 queda la Organización Sindical, totalmente institucionalizada, con carácter unitario, con la Ley de Unidad Sindical: los sindicatos se convierten en cauce y engranaje de las aspiraciones del pueblo y las directrices económicas del Estado. 

En el mismo año 1940, se promulga la Ley de Bases de la Organización Sindical, que contiene los principios generales de los que habría de partir el futuro desarrollo sindical.

Esta ley no fue más que el marco legal, en régimen que podríamos calificar de constitución sindical abierta, gracias al cual se iría produciendo, a lo largo del tiempo, una normativa sucesiva que habría de configurar el desarrollo sindical.

Tal desarrollo se promovió, pues, en el año 1940 y se culminó con la Ley Sindical del año 1971, con la que la Organización Sindical asume su configuración definitiva, en la última etapa que históricamente hemos contemplado.

En este desarrollo, en esta evolución del sindicalismo, cabe recordar lo siguiente.

En el año 1943, en los primeros balbuceos de la Paz, cuando todavía están recientes las heridas de la guerra y el paisaje de nuestras tierras sigue aún cruzado por las trincheras, la nueva Organización Sindical convoca las primeras elecciones sindicales; en la normativa de la convocatoria se dice «que se ha superado una primera etapa» y que se hace necesario «la participación de los productores afiliados».

El resultado de estas elecciones sindicales es que más de cuarenta mil hombres, procedentes de las empresas de más de cincuenta trabajadores, y cerca de doscientos mil de los restantes, se insertan en los cuadros dirigentes del sindicalismo. Lo mismo ocurre con las representaciones empresariales que electivamente designan sus organismos representativos.

Los elegidos proceden de la izquierda y de la derecha; de los vencedores y de los vencidos y todos ellos unidos se ponen a luchar y a trabajar para levantar a España. La democracia sindical inicia así su firme andadura.

Por ello, no se nos diga ahora que en esta etapa política que estamos soportando es cuando ha comenzado la reconciliación. Empezó al terminarse la guerra, con los últimos prisioneros capturados por el ejército nacional y desde entonces, vencedores y vencidos, españoles todos, de una raza, única en la historia, lograron reconstruir nuestra Patria en cuarenta años de Paz y con ello un patrimonio moral y material que estos demócratas, de nuevo cuño, están trágicamente dilapidando.

Con la Ley Orgánica del Estado del año 1967 se dio una nueva redacción a la Declaración XIII del Fuero del Trabajo y con ella se produjo una clara superación del hecho sindical, consagrando las variaciones generadas por el desarrollo sindical, en el seno de propia Organización. Con ello, en mi opinión, se dibujó constitucionalmente el carácter totalmente 4ntiestatista de los Sindi-catos sin perjuicio de quedar perfectamente institucionalizados con plena independencia y participación política.

A partir de entonces la actuación sindical, de la que siempre fueron alto exponente sus Congresos Sindicales, continúa su firme caminar hasta llegar a la mencionada Ley Sindical del 1971.

 


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