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Frente a la democracia formal, nosotros oponemos la democracia práctica, una democracia a través de los cauces naturales en que el hombre discurre y que por eso recibe el nombre de democracia orgánica. La Constitución política española, integrada por nuestras Leyes Fundamentales, se ha apartado en todo momento de la creación abstracta de normas y se caracteriza por la ausencia de unos marcos rígidos como los que con tan poco éxito ilusionaron a los constitucionalistas del siglo XIX, sino que ha nacido de la propia realidad española, como respuesta concreta a nuestras peculiaridades y a nuestros problemas, que nos ha permitido un proceso de constante perfeccionamiento de nuestras estructuras políticas, que ofrece un ejemplo de Estado social de derecho que las actuales naciones del mundo, tan sujetas a profundas convulsiones, harían bien en considerar con mayor atención y menos doctrinarismo.
Francisco Franco Bahamonde
(18-XI-1971: Discurso en la X Legislatura de las Cortes.)