Pensamiento de Franco: El Movimiento y el proceso institucional

Todo ello ha sido posible porque el Movimiento Nacional ha ido creando en cada momento la situación política apropiada a las necesidades de nuestro proceso institucional.

La naturaleza abierta de la Constitución española y la posibilidad de completarse y adaptarse a las exigencias de cada momento no afecta, sin embargo, a su estabilidad y permanencia; por el contrario, nuestras Leyes Fundamentales afirman su vocación de futuro al establecer el camino para derogarlas o modificarlas, para lo que será necesario, además del acuerdo de las Cortes, el referéndum nacional, lo cual imprime a las citadas leyes una clara continuidad y estabilidad en el tiempo, que garantiza su eficacia como elemento básico para el desarrollo ordenado de la convivencia social de los españoles. No existe otro cauce de modificación o reforma, y por ello será siempre vano y estéril el sueño de algunos grupos, que esperan que el mero paso del tiempo pueda introducir en nuestras instituciones elementos doctrinales o ideológicos extraños a nuestro Sistema.

El Estado social de derecho que las Leyes Fundamentales establecen tiene esa precisa y clara naturaleza política. El Estado español, constituido en Reino, es la suprema institución de la comunidad nacional; a él incumbe el ejercicio de la soberanía a través de los órganos adecuados a los fines que ha de cumplir. Y estos fines fundamentales, también claramente determinados en la Ley Orgánica del Estado, han de realizarse bajo la inspiración y la más estricta fidelidad a los Principios del Movimiento Nacional, que son, por su propia naturaleza, permanentes e inalterables.

He aquí la especial significación del Consejo Nacional como órgano de representación colegiada del Movimiento, cuyos fines están en razón de la defensa de la integridad de los Principios del Movimiento Nacional a través de las sugerencias e informes con que debe incitar y promover la acción del Gobierno.

Francisco Franco Bahamonde

(18-XI-1971: Discurso en la X Legislatura de las Cortes.)


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