Pensamiento de Franco. La fecundidad de las Cortes, en contraste con la esterilidad de los Parlamentos anteriores

Mayor diferencia se acusa entre la actuación de nuestras Cortes y la esterilidad de los Parlamentos que precedieron, en los fueron contadísimas las leyes que pudieron superar la sistemática batalla parlamentaria, en la que los diputados de los partidos de la oposición se oponían constantemente a toda ley propuesta, utilizando todos los procedimientos de la obstrucción por encima del juicio personal que les mereciese, así como los representantes gubernamentales, son libertad de opinión, tenían que decir sistemáticamente amén a todos eso. Esto ha hecho que ninguna ley importante pudiera ser aprobada durante tantos años y que los Gobiernos hayan tenido que acudir al recurso de los decretos-leyes para que la vida de la Nación no se interrumpiese. 

En nuestras Cortes, por el contrario, el trabajo real está en el estudio y elaboración que las leyes sufren en las Comisiones, en las enmiendas propuestas libremente por los Procuradores, en su discusión razonada dentro de aquellas y en el dictamen que, como resultado de sus discusiones, las Comisiones proponen para, una vez publicadas, que tengan luego su decisión última por el Pleno. 

Numerosísimas han sido en estos veintiún años las leyes de importancia trascendental que han sometido a consideración y estudio de estas Cortes, e importantísimas la transformación y mejora que aquellas han sufrido, como fruto del estudio y análisis por las Comisiones y por las enmiendas propuestas por los Procuradores, incluso aquellas enmiendas que por representar importantes aumentos de gastos requieran el beneplácito reglamentario, lo obtuvieron del Gobierno; algunas no encontraron eco favorable fueron retiradas, y todas las que las Cortes aprobaron, refrendadas y promulgadas por el Jefe del Estado, sin que ni en un solo caso hubiera hecho este uso de su prerrogativa de devolución a las cortes para nuevo estudio. 

Yo reto a que pueda haber ene l mundo institución parlamentaria que revista más seriedad y eficacia que la conseguida en nuestras Cortes. Que son perfectibles, es evidente, como pretende sistemáticamente la campaña de nuestros adversarios, promovida desde fuera, eso no es admisible. 

(8-VII-1964: Presentación Ley Orgánica del Estado. -Cortes Españolas 

 


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