Pensamiento de Franco. La tarea legislativa de las Cortes españolas

No voy a cansaros con la enumeración  de las leyes que en el correr de estos veintidós años han sido objeto de estudio por parte de las Cortes; pero si recordaros, saliendo al paso de los que desde fuera, siguiendo una persistente campaña, nos tildan de dictadores y de totalitarios, los trámites normales a que ha estado sujeta en estos años toda la legislación española; así, todos los decretos y leyes que los Ministerios proyectan en ejecución, de la política general del Gobierno, son presentados a éste con la suficiente anticipación y repartidos entre sus miembros, acompañándose, en los casos que la materia lo requiere, el informe del Consejo de Estado o del de Economía. Hechas por los Ministros las observaciones al texto, se señala la fecha para su vista ante el Consejo de Ministros, que lo discute y aprueba con las modificaciones o enmiendas que se juzguen necesarias. Y en el caso de que se trate de un proyecto de ley se procede a  su firma y envío a las Cortes.

No se trata, pues, de la voluntad de un hombre ni de la de un grupo de personas; decretos y leyes han pasado por el estudio previo de los técnicos y de los altos jefes de la Administración y han sido analizados y discutidos durante una o varias sesiones del Gobierno, de diez a doce horas de duración.

¡Qué diferencia de estas verdaderas sesiones de trabajo con los trámites que seguían los decretos y leyes durante la República o la Monarquía liberal!. Las reuniones del Consejo no rebasaban el límite de unas dos horas, en que, mientras se tomaban el café cada Ministro enunciaba al Presidente los decretos o leyes que proponía, y aceptados  por éste, se les imprimía el cajetín por el secretario del Consejo de haber sido aprobados. La conversación discurría generalmente sobre los incidentes y minucias de la política de los partidos.

Francisco Franco Bahamonde

(Francisco Franco. 8-VII-1964: Cortes Españolas.- Inauguración VIII Legislatura.)

 


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