Sindicalismo Nacional (II), por Eduardo Villegas Girón

Eduardo Villegas Girón

Boletín Informativo FNFF nº 31

 

Sindicalismo Nacional

Los principios básicos rectores de la Organización Sindical, según se consagraba en la Ley Sindical, eran los siguientes: la unidad y la generalidad, por la incorporación de todos los españoles que colaboraban en el proceso productivo, es decir,  la unidad y no el fraccionamiento; la representatividad, o sea el autogobierno sindical a través de órganos elegidos democráticamente y sin interferencia política alguna; la autonomía, en el doble sentido, institucional y normativo, con facultades de normativa interior y de negociación colectiva de las condiciones de trabajo y, finalmente, el principio de participación, encaminado a garantizar la presencia sindical en las instituciones y organismos de la vida política, económica y social, desde la empresa hasta los de decisión superior.

La Organización Sindical se desenvolvía en dos estructuras plenamente complementarias.

La estructura asociativa integraba Empresarios, Trabajadores y Técnicos, Autónomos y Artesanos, articulados en Sindicatos, Hermandades, Gremios y Cofradías, culminando en el Sindicato Nacional correspondiente, agrario, industrial o de Servicios. Las Cámaras Agrarias, las Federaciones de Comercio y los Colegios Profesionales completaban la estructura.

Dentro de cada Sindicato, dos Uniones; la de los Trabajadores y Técnicos y la de los Empresarios. El Presidente, de carácter electivo, asumía una línea de puro arbitraje y coordinación de las fuerzas sociales en él integradas.

La estructura institucional, en todo el ámbito nacional, estaba representada por los Consejos de Trabajadores y Técnicos y los Consejos de Empresarios. Y en la cúpula, el Congreso Sindical, la gran cámara del trabajo, como órgano superior colegiado, con la función genérica de fijar y programar la política general de la Organización Sindical. En ésta última etapa de la evolución aparece la figura del Ministro de Relaciones Sindicales que se convierte, pura y simplemente, en órgano de comunicación entre el Gobierno y la Organización Sindical.

La acción sindical era exhaustiva.

En lo laboral abarcaba el asesoramiento y la propuesta y vigilancia de las condiciones de trabajo; el contrato colectivo y el convenio sindical con su negociación; la intervención de los conflictos laborales; el asesoramiento y defensa del trabajador ante las Magistraturas.

En lo asistencial comprendía las Oficinas de Colocación, los Centros de Orientación Profesional; la pro-moción de viviendas, la formación profesional, la colonización, la artesanía, la previsión, etc.

En el orden económico y fiscal, en el propio seno de la Administración Pública: la formación empresarial y su asesoramiento; la colaboración en materia arancelaria, crédito y financiación; la intervención en lo tributario con las evaluaciones globales, los gremios fiscales, las Juntas Mixtas y los Jurados Tributarios.

En el orden cooperativo: la organización de cooperativas, su asesoramiento, fomento de su financiación y el crédito, la ayuda técnica, etc.

Finalmente, debe subrayarse la acción sindical en la esfera de la Administración Pública.

La Organización Sindical estaba democráticamente representada, con sus dirigentes electivos, en la totalidad de las máximas instituciones políticas y administrativas; en lo político, en las Cortes Españolas, en el Consejo Nacional y en el Consejo del Reino; en lo administrativo, en las Diputaciones, en los Ayuntamientos, en las Instituciones de Pre-visión y de Mutualismo, en el instituto del Crédito Oficial y en la totalidad de la banca oficial (Banco de España, Hipotecario, Crédito Industrial, Local, Construcción y Agrícola); en Consejos, Juntas, Comisiones, Patronatos, etc., etc.

En definitiva, era la participación del pueblo en las tareas del Estado, sin olvidar la participación sindical en los Planes de Desarrollo. En los programas de acción en el tiempo el pueblo decidía en la preparación, elaboración y control de los Planes, no solamente con funciones consultivas, sino de actuación directa y de ejecución. Los Congresos Sindi-cales señalaban los principios y criterios que debían amparar los objetivos de tales Planes y todo ello en orden a lograr los mejores niveles de bienestar, equilibrio de la producción y empleo y la más alta promoción social.

Era un sindicalismo que actuaba por propia iniciativa y como instrumento de fiscalización constante de todos los órganos y poderes del Estado, protagonista en la vida política, porque había accedido al Estado y se había instalado en la plataforma de sus decisiones.

 

Reforma Sindical

Y llega históricamente, en estos últimos años, la conocida reforma política; el revanchismo entra en escena a remolque de hombres pro-cedentes de la clase política que ocupaba el Poder.
Tal ruptura política será recordada en nuestra historia mediante una interpretación puramente estadística.

De la totalidad de los miembros de las Cortes Españolas, poco más de medio centenar fueron los que votaron en contra de la Ley de Reforma Política y de los «cuarenta de Ayete», los de la «máxima confianza», sólo seis fueron consecuentes con la confianza que en ellos había depositado el Caudillo y por eso rechazaron la ley.

Al recordar esto no es necesaria la indignación, basta el desprecio. La traición es un triste privilegio de la lealtad y ellos nunca fueron leales porque solo buscaron su protagonismo personal o, al menos, cometieron un error político que necesita su Jordan.

La reforma política incluyó, naturalmente, la reforma sindical. Se imponía la eliminación del bastión más importante de la comunidad nacional; había que abrir el camino a una partitocracia que iba a olvidar al mundo del trabajo; era necesario destrozar la mayor conquista política de los trabajadores.

No se podía admitir tal sindicalismo; había que introducir el fraccionamiento político y sindical; desarticular la comunidad nacional del trabajo. Lo contrario era reconocer que el sistema, en el campo del asociacionismo sindical, era conveniente y necesario para el pueblo.

En consecuencia, el sindicalismo cambia de signo.

Se pasa de un sindicalismo unitario a un sindicalismo pluralista y un sindicalismo de plena participación en el poder político se transforma en un sindicalismo simplemente clasista y reivindicativo.

 

Sindicalismo unitario

La libertad sindical que fue históricamente la gran conquista del asociacionismo profesional se inicia como reacción contra la supresión de las corporaciones de oficios al haberse implantado un régimen de libertad económica, como consecuencia de la revolución industrial.

La libertad sindical se concreta en el derecho a constituir asociaciones profesionales y en la posibilidad de coordinarlas en organismos superiores.

Sin embargo, es un hecho conocido en la historia del sindicalismo la tendencia constante de los trabajadores a buscar un sindicato único y evitar así la lucha entre los diversos sindicatos, con su inalterable propósito de eliminar a los disidentes o titulares de otras ideologías políticas. Ello supone que se ha modificado ampliamente la aparente libertad sindical.

La realidad es que cuando la libertad sindical es admitida y reconocida, el estadio siguiente del sindicalismo es el de lograr su unidad y, finalmente, respaldarla con su pleno reconocimiento por el Estado, mediante su oportuna institucionalización. Entonces el sindicato alcanza su máxima importancia y eficacia.

Un sindicalismo plenamente institucionalizado y con sus dirigentes elegidos por el correspondiente sufragio no cabe contraponerlo a la libertad sindical, pues gracias a esa libertad ha alcanzado la cima deseada.

El sindicalismo unitario representa la fuerza y la independencia del movimiento sindical; evita el fraccionamiento de las fuerzas que lo integran; produce la perfecta organización de la rama económica o profesional; elimina el sindicalismo amarillo con sus actuaciones parciales y evita la intromisión en el mismo de fuerzas exteriores, fundamentalmente, las políticas.

La unidad sindical será siempre la gran conquista.

Pues bien la Constitución vigente, al instaurar nuevamente el pluralismo sindical, ha provocado un retroceso en el sindicalismo.

La situación es clara. Frente a un posible sindicalismo independiente, al que se le niega todo, los poderes públicos protegen decididamente a las centrales sindicales de la UGT y de las CCOO, que con una afiliación que no pasa del seis por ciento del censo laboral nacional, manejan a los trabajadores quienes, pese a tan baja afiliación, se han puesto de espaldas a tal sindicalismo.

Y lo más curioso: UGT se ha con-vertido, lógicamente, por sus dependencias políticas, en un simple eco del gobierno socialista, al que naturalmente tiene que justificar. No es extraño que por ello haya sido calificado de sindicalismo amarillo y que el PCE vuelva a actuar, como ya lo hizo en la guerra civil, como «comisariado político» del propio partido socialista.

 

Sindicalismo de participación

Hay otra cuestión: la del abandono del sindicalismo de participación y su sustitución por el viejo e ineficaz sindicalismo exclusivamente reivindicativo.

La Democracia no sólo no es única sino que se manifiesta en diversas formas, de conformidad con las contingencias del tiempo y de las circunstancias.

La Democracia saltó de la Atenas clásica a la democracia liberal del voto monosilábico y, finalmente, está siendo sustituida por la que se produce con el plebiscito permanente de las fuerzas sociales que integran el mundo del trabajo y ésta última Democracia se va abriendo camino, desde hace más de cincuenta años, apoyándose en antecedentes históricos irrefutables. La doctrina política sigue buscando nuevas modalidades de participación en la vida política de los Estados; los parlamentos liberales, guste o no guste, están en crisis progresiva. Para el mantenimiento de la Democracia se hace preciso, no la participación con un simple voto, cada cuatro o cinco años, sino una participación permanente de todos los ciudadanos a través de aquellos organismos que desarrollan la vida económica, social y cultural.

Se hace preciso que la representación política tenga como ingrediente básico tal representación permanente de los ciudadanos; es imprescindible que exista una constante fusión del Estado y el Pueblo, una interacción permanente entre sociedad política y sociedad civil.

Todo esto se ha concretado en un progresivo llamamiento, que ha tenido fiel exponente en la vieja Europa; así nos encontramos con la doctrina francesa, en la que se destaca la posibilidad de la representación de los cuerpos sociales mediante un sufragio individual, como derivado de la ciudadanía, y otro sufragio social, impulsado por la profesión de cada uno.

Podemos recordar aquí a Mendes France, quien ya propuso la institucionalización de los grupos sindicales y socio-profesionales en una segunda Asamblea Nacional, o a Brandt, del S.P.D., alemán, quien en otra línea de análoga tendencia, planteó la tesis favorable de la participación no sólo a nivel político sino a nivel de las estructuras de la sociedad.

Nuestro ordenamiento constitucional, frente al sindicalismo existente con anterioridad, con plena participación en la vida política, se ha replegado a un asociacionismo sin influencia alguna respecto a ésta última.

El art. 131 de la Constitución habla de un Consejo, procedente de los sindicatos y de las asociaciones empresariales, pero exclusivamente para la planificación de la actividad económica. El precepto no ha sido desarrollado todavía y, además, procede aclarar que, como quedó perfectamente claro en el Congreso de los Diputados, solamente serviría para «amparar» el gran instrumento del marxismo: un «Plan», no solamente indicativo, sino plenamente imperativo, para lograr la sustitución de la economía de mercado por el gran colectivismo comunista.

Ante tal interpretación parlamentaria, es lo cierto que la UCD se abstuvo en forma mayoritaria, no hería su fina sensibilidad liberal.

Recientemente estamos leyendo en la Prensa cómo la CEOE está denunciando que la acción política realizada exclusivamente a través de los partidos políticos, propicia una forma de alineación y que es necesario un equilibrio entre el Estado y la Sociedad, mediante una democracia vertebrada sobre una sociedad rica en grupos sociales. Igualmente, importantes representantes empresariales han manifestado que en España se libra el mayor ataque al sistema de libre empresa que se registra en todo Occidente.

Preciso es recordar que en España se consiguió llevar el sindicalismo a la máxima altura política hasta el punto de que no existía una sola parcela importante, en la vida política del Estado, en la que no se encontrase la Organización Sindical.

La Constitución ha desterrado al auténtico sindicalismo, olvidándose de que a éste no le basta la lucha para obtener salarios más altos o condiciones de trabajo más beneficiosas sino que necesita la estabilidad de un modelo económico y social capaz de facilitar el mejoramiento de todos. A España hay que concederla el gran Pacto Nacional de todas las fuerzas laborales, sociales y económicas; pacto que no puede fraguarse al nivel puramente empresarial y obrero, necesitando que el sindicalismo se asiente nuevamente en el área de las decisiones políticas.

La democracia partitocrática terminará siendo el pasado; la democracia orgánica, con la participación permanente del sindicalismo en la vida política, será el futuro.
Vale aquí lo que dijo Unamuno: «En España hace falta una democracia orgánica; la inorgánica la hemos tenido siempre y nos ha perdido» y también lo que certeramente manifestó Salvador de Madariaga, al decir, que «la democracia orgánica es la forma natural que tiene que adoptar una Nación civilizada que alcanza su mayoría de edad».

En resumen: nada de un sindicalismo de simple petición sino la aceptación de un sindicalismo de participación. Sólo una democracia sindical puede traer la paz y la concordia.

Es necesario que frente a la dialéctica marxista o puramente liberal tome firme posición la dialéctica nacional-sindicalista, en sus dos vertientes, social y económica.

Sólo si el mundo del trabajo se coloca por encima del mundo político, es como podremos lograr esa Justicia Social que todos deseamos.

 

Esperanza y futuro

Los viejos ideales tienen que ser remozados en una nueva etapa histórica.

Es imprescindible que la juventud, con espíritu crítico y exigente frente al pasado, escriba su propia historia; sus páginas están en blanco y sólo ella puede lanzar las flechas de su ilusión al futuro y clavarlas otra vez, en el Escudo de España; sólo ellos, los jóvenes, serán capaces de amar a sus patrias chicas y lograr que sus banderolas y pendones históricos se inclinen con todo respeto ante la única Bandera de la Patria, la rojo y gualda.

Para todo esto es necesario recha-zar el escepticismo y la pasividad; no basta el recuerdo del pasado ni las jeremíacas lamentaciones por los errores cometidos; no es suficiente el piadoso rezar por los muertos; ni siquiera las enfervorizadas marchas detrás de la Bandera; todo esto no es suficiente. Equivale a un Ejército al que se ha licenciado antes de combatir.

Se impone una acción sindical para reagrupar todo el sindicalismo independiente, totalmente mayoritario, frente al monopolio sindical de unas minorías manejadas por los

partidos políticos y se impone también una acción política conjunta de los que no estamos con ésta Constitución y deseamos su reforma, de los que no queremos estar con la abstención o con el voto útil.

La leña ha ardido; ojalá deje un rescoldo de ilusión y de esperanza.

Al recordar a José Antonio cuando nos dijo que nuestro honor pasa por las estrellas, quiero repetir las palabras que, un día quizá lejano pronuncié ante los supervivientes de unas Banderas legionarias.

«Deseo para todos nosotros que cuando Dios nos llame, cuando tengamos que comparecer ante su Divina Justicia, cuando lleguemos a la línea eterna de los luceros, al encontrarnos con nuestros camaradas, podamos decirles, con el alma limpia de toda culpa: ¡dejadnos pasar!, ¡dejadnos pasar!, porque nosotros no hemos perdido el honor».

 


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