Pensamiento de Franco: Los fines del Consejo Nacional

La inauguración de una nueva etapa del Consejo Nacional es, sin duda, ocasión obligada para meditar sobre las específicas obligaciones y responsabilidades que al Consejo Nacional, como representación orgánica del Movimiento, le corresponden. Sus fines, claramente determinados en la Ley Orgánica del Estado, han de realizarse bajo la inspiración y la más estricta fidelidad a los Principios del Movimiento Nacional, que son, por su propia naturaleza, permanentes e inalterables.

De este postulado, sentado en nuestras Leyes, se desprende el especial significado del Consejo Nacional, cuyos fines están en razón de la defensa de la integridad de los Principios del Movimiento, y que se realizan por medio de sugerencias e informes con que debe incitar y promover la acción del Gobierno.

Pero el Consejo Nacional no agota su altísima misión en la defensa institucional, sino que al lado de la misión de defender la integridad de los Principios, fortalecer la unidad y servir a las exigencias de la justicia social, le corresponde también una singular función de acción política, consecuente con la naturaleza dinámica de nuestro Movimiento, así como la de contribuir a concretar los criterios políticos de la acción del Gobierna. Merece la pena que paremos la atención en esta triple función, que da al Consejo Nacional todo su rango y jerarquía.

Confiar la eficacia de los Principios sólo a un solemne reconocimiento constitucional de los mismos, sin fomentar al mismo tiempo la organización que garantice y promueva su cumplimiento, sería tanto como sancionar su lenta desnaturalización e ineficacia. Esto hubiera supuesto, ni más ni menos, que un confinamiento o destierro de los Principios al limbo de las declaraciones solemnes, pero carentes de cauces reguladores de aplicación, que garanticen su fertilidad y vigencia en la vida misma del pueblo español.

Francisco Franco Bahamonde

(31-1-1972: Discurso en el XII Consejo Nacional del Movimiento.)


Publicado

en

por