Pensamiento de Franco. Las Cortes y la representación orgánica

Existe una diferencia prácticamente sustancial entre un órgano legislativo formado por os representantes legítimo de los distintos sectores y entidades que constituyen naturalmente la comunidad y aquellos otros del pasado integrados por los que representaban facciones o partidos políticos completamente artificiales. En éstos los intereses de los grupos, parciales y muchas veces contrarios, o por lo menos divergentes, predominaron siempre sobre los reales y auténticos de la nación, mientras que los intereses legítimos de las entidades y sectores sociales orgánicamente representados por vosotros, prudentemente enjuiciados y tratados, coinciden siempre con el bien común  nacional, del que son parte integrante y sin el cual no sería posible su bien particular. Esta es la virtualidad intrínseca que especifica y distingue a la representación política orgánica frente al mecanismo turbio, ciego y pasional de la representación montada sobre la multiplicidad de partidos y la esterilidad del sufragio universal inorgánico. En ella se ampara nuestra unidad política, que con la unidad religiosa, la unidad nacional y la unidad social, alumbradas y mantenidas por el Movimiento Nacional, forman en sus bases doctrinales las cuatro unidades fundamentales de la revolución nacional española. Dentro de ellas caben las matizaciones y modalidades responsables en función de los problemas concretos y de sus soluciones adecuadas; pero sin que estas modalidades  y matizaciones puedan utilizarse como recurso hábil para provocar la inhabilitación o subversión del sistema, de los principios, valores e instituciones, sobre los que descansa y fue establecida la unidad de la Patria.

(18-V-1958: Madrid. –Cortes españolas.)

 


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